La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador Ciro Alejandro Ramírez Cortés por su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos.
De acuerdo con la sentencia SEP 042-2026, el alto tribunal le impuso una pena de 279 meses y 8 días de prisión, además de una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por 280 meses y 20 días, y una multa de 19.402 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a 22.340 millones de pesos para la época de los hechos. Esta suma deberá ser consignada a favor del Ministerio de Justicia y del Derecho.
La Corte concluyó que Ramírez Cortés lideró una organización criminal integrada por funcionarios públicos, particulares y contratistas, mediante la cual se estructuró el Convenio 670 de 2021 y otros contratos derivados, con el propósito de favorecer a personas que apoyaron su campaña política.
En la decisión, el tribunal subrayó la gravedad de las conductas al advertir que el entramado ilegal buscó direccionar contratos de obra pública —especialmente aquellos relacionados con la construcción y mejoramiento de vías— para obtener beneficios electorales. “Se trata de proyectos que impactan directamente la calidad de vida de la población, lo que agrava el comportamiento del congresista”, señala la providencia.
No obstante, la Corte absolvió al exsenador del delito de interés indebido en la celebración de contratos en relación con algunos procesos específicos, entre ellos los identificados con los números 4 y 12, así como los contratos de interventoría 16 y 17.
Finalmente, el alto tribunal negó al condenado la suspensión condicional de la pena y el beneficio de prisión domiciliaria, por lo que deberá cumplir la sanción en centro carcelario una vez la sentencia quede en firme.
